Los interesados deben entregar la documentación antes del día 24 de noviembre

Los interesados deben entregar la documentación antes del día 24 de noviembre

El Ayuntamiento de Lucena ha abierto el plazo para la solicitud de la autorización municipal con respecto la celebración de cotillón, fiesta de fin de año o celebración navideña en establecimientos, locales o instalaciones fijas y en establecimientos de hostelería.

Dichas instancias se podrán presentar en el Registro Auxiliar del Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento de Lucena hasta el próximo día 24 de noviembre. Las mismas deberán ir acompañadas de una serie de documentación tales como una fotocopia del DNI o CIF de la persona física o jurídica organizadora del evento, certificación de seguridad y solidez del establecimiento, certificación acreditativa de la revisión anual de la instalación eléctrica  expedida por el Organismo de Control de la Administración así como la acreditativa de la revisión de las instalaciones de protección contra incendios.  A todo esto, también se deberá adjuntar el seguro de responsabilidad civil en vigor en cuantía suficiente para cubrir los riesgos derivados de la actividad y el foro previsto y un plano de la planta del reciento a escala 1:100 donde se indique disposición de mobiliario, elementos y medios auxiliares para el desarrollo de la fiesta, entradas habituales y salidas de emergencia, recorridos de evacuación, medios de extinción y protección, servicios higiénicos sanitarios, botiquín, etc.

Además, los establecimientos públicos eventuales conformados parcialmente por estructuras desmontables o portátiles deberán entregar un proyecto de instalación y certificado de seguridad y solidez realizado por personal técnico competente y visados por su colegio profesional. Las entidades organizadoras deberán tener completamente instaladas las estructuras portátiles o desmontables con una antelación mínima de dos días hábiles con respecto al inicio de la actividad o espectáculo a celebrar, dando cuenta a la delegación de Urbanismo del cumplimiento de dicho requisito.

Con respecto a los Servicios de Vigilancia, los establecimientos que prevean una ocupación superior comprendida entre las 300 y 450 personas deberán contar con un vigilante. Los aforos autorizados de 451 a 750 personas deberán presentar dos vigilantes y las instalaciones con una ocupación entre 751 y 1.000 personas tendrán que contratar a tres vigilantes y cuatro si se superan las 1.000 personas. Los solicitantes deberán adjuntar a la solicitud una copia autentificada del contrato suscrito por una empresa de seguridad autorizada e inscrita en el Ministerio de Interior de acuerdo con las condiciones de dotación de vigilantes de seguridad establecidas.